miércoles, 12 de mayo de 2010

Club Deportivo Amigos del Ajedrez

club depor. asoc. pens. y jub. amigos del ajedrez   

El objeto exclusivo o principal es la práctica del deporte.          La Entidad practicará como actividad deportiva exclusiva o principal el ajedrez a cuyo fin se adscribirá obligatoriamente a la Federación Andaluza correspondiente.          La Junta Directiva podrá acordar la creación de nuevas unidades para la práctica de otras modalidades deportivas, que se adscribirán obligatoriamente a las correspondientes Federaciones Deportivas Andaluzas.          Asímismo podrán desarrollar actividades físico-deportivas entendidas en la línea del deporte para todos y del tiempo libre.

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