viernes, 30 de agosto de 2013

Aulaga Educacion Ambiental

aulaga asoc. de educacion ambiental y ecologia social   

A) La organización de cuantas acciones y actividades supongan la defensa, reivindicación y difusión de los valores humanos, históricos, paisajísticos, ecológicos, etc., sin olvidar los relacionados con la gea, fauna, flora y el medio ambiente.          B) La promoción y divulgación ante la sociedad, a todos los niveles, de los valores mencionados en párrafos anteriores, especialmente en el ámbito de la enseñanza, la investigación y la formación de personal a cualquier nivel.          C) El impulso de estudios, congresos, reuniones, investigaciones, publicaciones y en general trabajos de todo tipo, relacionados con el objeto social de esta Asociación.          D) La cooperación con cuantas personas y/o entidades públicas o privadas estén constituidos o se constituyan en el futuro con similares o idénticos fines.          E) Destacando, sin que esto constituya limitación los siguientes fines:          - Promover y fomentar e estudio, conservación e investigación del patrimonio natural, histórico y artístico de la Comunidad Andaluza.          - Conservar y defender dicho patrimonio natural, histórico y artístico, especialmente las riqueza naturales, paisajes, flora, fauna y biotopos.          - Organizar o promover campañas de sensibilización y educación, dirigidos al colectivo de la población en general, ya sea a través de los medios de comunicación, programas educativos, etc.          - Obtener recursos económicos necesarios para la consecución de los fines precedentes, excluyéndole todo fin lucrativo.          - Elaborar, editar y difundir publicaciones, boletines, audiovisuales, circulares y revistas, así como también, comunicados de prensa, informes, estudios, etc.          - Organizar, promover o celebrar conferencias, seminarios, coloquios, jornadas, exposiciones, congresos, debates, cursos, premios, viajes y ruedas de prensa.          - Crear, promover o asignar becas, concursos, premios, etc.          - En general, todos aquellos fines y actividades que se enmarquen en el espíritu de los presentes estatutos y que sin estar expresamente explicitados en los mismos, constituyan complemento o consecuencia de los mismos.

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