miércoles, 11 de diciembre de 2013

Esf Educacion Sin Fronteras

asoc. educacion sin fronteras - e.s.f. españa   

ART. 3.-          Los fines de la Asociación son los siguientes:          3.1 Reunir a profesionales en el campo de la educación y de la psicología así como a todas aquellas personas, que voluntariamente aporten su asistencia para:          a/ sensibilizar a la opinión pública española sobre los problemas educativos de las poblaciones afectadas por situaciones de subdesarrollo,          b/ movilizar, a favor de estas poblaciones, todos los recursos humanos y materiales disponibles con el fin de mejorar estas situaciones y          c/ buscar la cooperación nacional e internacional que les permita cumplir con la misión de ESF en todas las partes del mundo donde sean llamados a cooperar.          d/ Promover la participación y formación del voluntariado y del trabajo con las y los jóvenes y con los sectos más desfavorecidos de la población en los fines solidarios de la Asociación.          3.2 La Asociación colaborará con los organismos internacionales, de los gobiernos o de las autoridades de los países, así como de las organizaciones públicas o privadas y de las colectividades nacionales o regionales que, en sus propios países, la requieran para colaborar.          3.3 La Asociación se reserva el derecho de decidir los ámbitos de su participación, ya sea por decisión de la Junta Directiva, ya por decisión expresa de la Asamblea General.          3.4. La Asociación cuenta con una Carta de Principios. Toda nueva persona asociada o vinculada de alguna manera a la Asociación debe, en el momento de su adhesión, conocerla y comprometerse a respetarla, comportándose conforme a lo establecido por la misma mientras forme parte de la Asociación.          Los fundamentos básicos de la Carta de Principios son los siguientes:          a/ La Asociación no acepta ni experimenta filiación o influencia alguna a poderes, fuerzas políticas, ideológicas, o religiosas, sean del orden que fueren.          b/ La Asociación no ejerce políticas discriminatorias que atenten contra los Derechos Humanos.          c/ Las personas asociadas y voluntarias de la Asociación respetan el secreto profesional. Ninguna persona asociada está autorizada a expresar públicamente una opinión en nombre de Educación Sin Fronteras sin el consentimiento de los órganos directivos de la Asociación.          d/ La Asociación se reserva el derecho de independencia en la emisión de opiniones con respecto a los acontecimientos producidos en su ámbito de actuación y a los agentes que aceptan su colaboración.          e/ La Asociación excluye todo ánimo de lucro.          f/ Las personas de la Asociación no pueden reclamar para si mismas o para los suyos ningún tipo de derecho a compensación distintos a los que la Asociación estuviere en disposición de concederles.

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