hermandad de pensionistas de la admon. local de españa. deleg. malaga
ARTICULO 3.- La Asociación tiene exclusivamente carácter benéfico-social, con total independencia de la Administración Pública y de los Partidos Políticos, colocándose bajo la advocación y patrocinio de la Virgen del Perpetuo Socorro, siendo sus fines: a).- El impulso y actuación en las actividades sociales, culturales y recreativas de sus asociados. b).- Promover y ejercitar, en su caso, las aspiraciones y la defensa de los derechos colectivos de la Asociación y los particulares de los asociados, en consonancia con los objetivos de aquella. c).- Prestar puntual asesoramiento, ayuda y orientación a los asociados que lo soliciten. d).- Gestionar los intereses de la Asociación y de los asociados ante las Administraciones Públicas y los ehntes privados; compareciendo, asimismo, tal defensa ante los órganos jurisdiccionales pertinentes. e).- Favorecer los encuentros y la comunicación entre los asociados, facilitando al respecto, la difusión e información de sus inquietudes y propuestas de colaboración. f).- Cualesquiera otros que sean lícitos y conformes con la propia naturaleza de la Asociación.
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