viernes, 25 de octubre de 2013

Fundacion Felipe Gonzalez


TEXTO

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Felipe González, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida el 20 de junio de 2013, por don Felipe González Márquez, don José María Maravall Herrero y doña María González Romero, según consta en la escritura pública número 604, otorgada el 20 de junio de 2013, ante el notario de Madrid don Carlos de Prada Guaita.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Velázquez, 16-3.º derecha, 28001 Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y se ha procedido al desembolso de quince mil euros (15.000 euros). El resto de la dotación de quince mil euros (15.000 euros) deberá hacerse efectivo en un plazo no superior a cinco años desde el otorgamiento de la escritura pública de constitución por los fundadores en los términos establecidos en la escritura de constitución.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública número 604 a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

El estudio, la elaboración, recopilación, sistematización y puesta a disposición del archivo documental, bibliográfico, fotográfico, audiovisual y en cualquier otro soporte, de la trayectoria personal, profesional, política e institucional de don Felipe González Márquez.

Los trabajos de elaboración del archivo se enmarcan en un programa de actividades ordenadas a la investigación, la enseñanza y difusión de la historia política de España, desde la segunda mitad del siglo XX en adelante, y el impulso de actuaciones y proyectos que desarrollen los valores relacionados con la democracia y las libertades, el bienestar material y su distribución, la investigación, desarrollo e innovación y el emprendimiento en el marco de gobernanza global vinculado al nuevo orden mundial.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Felipe González Márquez.

Vicepresidente: Don José María Maravall Herrero.

Secretaria: Doña María González Romero.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Felipe González y su Patronato.

Madrid, 10 de octubre de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.




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