domingo, 29 de diciembre de 2013

Depama Pro Enfermos Dolor Malaga

asoc. pro enfermos del dolor malaga, depama   

ARTICULO 3.-FINES          a).- Ayudar a los enfermos y sus familias para conseguir los fines de curación o minoración que permitan acceder a una calidad de vida sin el padecimiento del dolor.          b).- Procurar la plena integración social de los socios y el libre desarrollo de su personalidad.          c).- Extender la conciencia de que el dolor existe por sí mismo, que no es síndrome sino que hay que considerarlo una enfermedad.          d).- Extender la conciencia de que el dolor es un factor de riesgo de exclusión social, porque impide que el enfermo se integre plenamente en la vida social.          e).- Colaborar con los Servicios de salud de la sanidad Pública, de la Universidad y organismo Públicos de investigación y de los profesionales que lo integran, para la prevención del dolor, conseguir la curación o la eliminación de las causas del dolor o el dolor mismo o el hallazgo de medios paliativos.          f).- Promover la extensión de Unidades de Dolor por todas partes ya que las existentes son insuficientes.          g).- Conseguir que el síndrome de dolor crónico sea considerado un factor de discapacidad.          h).- Concebida como asociación sin ánimo de lucro persigue como fin ser declarada de utilidad pública.          i).- Colaborar con el Servicio Andaluz de Salud en lo términos que establecen las Leyes Generales y Andaluzas de Consumidores y Usuarios.          j).- Promover la constitución de las Federaciones de Asociaciones el Dolor de España.

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